Cooperación en un caso criminal: dentro de una sesión de ofrecimiento de prueba

Usted es un acusado en una cárcel de Estados Unidos enfrentando cargos de narcotráfico. Usted quiere cooperar, así que su abogado contacta al fiscal y organiza una reunión. El día señalado llega y a usted lo traen al tribunal y lo ponen en los corrales del alguacil. Los agentes involucrados en su caso vienen a recogerlo y lo llevan a uno de las salas de “ofrecimiento de pruebas,” las cuales usualmente se ubican dentro de los tribunales.

La sala de “ofrecimiento de pruebas” es un lugar modesto, nada en las paredes, un escritorio, y cuatro o cinco sillas. A usted lo traen a esta sala en esposas. Dependiendo del distrito judicial, puede que le quiten las esposas o no. En Nueva York las esposas siempre son removidas. En Washington, D.C., si bien me acuerdo, no lo son.

El fiscal, por lo menos dos agentes, un traductor, y su abogado defensor, se encuentran en asistencia. A usted le dan un “acuerdo de ofrecimiento de prueba,” el cual afirma que la reunión no quiere decir que usted esté cooperando oficialmente. La reunión es una “primera cita” para determinar si lo que usted tiene para decir es verdadero y útil. Si lo es, el gobierno puede entrar en un convenio de cooperación con usted.

El convenio de ofrecimiento de prueba también dice que cualquier cosa que usted diga en la reunión no será usada en su contra, con una excepción. Si usted decide irse a juicio o si durante la imposición de sentencia usted niega lo que usted dijo en la reunión, el gobierno tiene derecho a introducir lo que usted dijo con el propósito de refutar sus declaraciones.

Después de que usted haya leído el acuerdo, y lo haya discutido con su abogado y firmado, el fiscal se introduce formalmente a sí mismo, le informa que usted no tiene obligación de hablar con él y, si usted quiere, usted todavía puede cancelar todo. El añade que si en cualquier momento usted quiere consultar con su abogado usted podrá hacerlo en privado. Usted solo tiene que pedirlo, y todos saldrán del cuarto por tanto tiempo como usted desee. Después de consultar en privado con su abogado, el fiscal y los agentes regresarán, y el interrogatorio continuará.

Al comienzo de la reunión el fiscal estresará que decir la verdad es lo más importante. A usted entonces le preguntarán por última vez si usted desea hablar con el fiscal. Si usted dice que sí, la sesión comenzará.

En esta primera reunión, el 99 por ciento de las preguntas serán unas a las que el fiscal y sus agentes ya saben las respuestas. Ellos hacen estas preguntas para discernir su veracidad. Las preguntas pueden ser hechas de forma tan sutil que usted puede ser engañado y pensar que los agentes no saben las respuestas, y usted puede ser tentado a mentir o evadir. Pero ellos sí saben las respuestas, y nada los enfuriará más que si usted miente. Ellos pueden no mostrarlo, pero el fiscal y los agentes estarán echando humo de la rabia. Por otra mano, si usted dice la verdad, ellos estarán dichosos. No hay nada que a ellos les guste más que un acusado que diga la verdad.

Pero a veces la reunión empieza muy mal porque el acusado no sigue la advertencia del fiscal y decide mentir. Un fiscal amigable sacará al abogado defensor de la sala y le dirá que su cliente está mintiendo y que él debe informar a su cliente esto antes de que la reunión se termine. Este escenario raramente pasa porque los abogados defensores buenos nunca traen clientes a sesiones de ofrecimiento de prueba a no ser que ellos sepan que el acusado va a decir la verdad. Yo me he negado a arreglar sesiones de ofrecimiento de prueba para clientes que me han rogado hacerlo específicamente porque yo sé que ellos estaban siendo menos que honestos.

Acuérdese, nadie tiene que cooperar. Eso es decisión del acusado, y no hay nada más inapropiado que un abogado defensor que mantiene molestando a su cliente para que coopere. Pero si usted está dispuesto a cooperar, diga la verdad y no retenga información. Retener información es tan malo como mentir.

Cuando la reunión se termine, todos se levantarán y se darán la mano. A su abogado le darán un momento a solas con usted, después del cual lo esposarán y lo devolverán al corral del alguacil y después a la cárcel. El fiscal le dirá a su abogado defensor como le fue a usted, aunque en la mayoría de los casos usted ya lo sabrá. Frecuentemente el fiscal indicará su satisfacción al sugerir más sesiones de ofrecimiento de prueba en el futuro.

Usted verá por usted mismo que, a pesar de lo que usted ha escuchado, el gobierno no pone palabras en su boca; no lo amenaza; no le pide que mienta; y no le pide que identifique gente que usted no conoce.

Sin embargo, el hecho de que usted es sincero y dice la verdad solamente lo ayudará un poco. Si usted no le puede proveer al gobierno información útil, el fiscal probablemente rechazará un trato y usted quedara con una reunión exitosa, pero limitada, de “disposición de salvaguarda.” Esto le permitirá al juez ir debajo de cualquier sentencia mínima mandatoria de drogas.

← Volver a artículos | /Volver al principio

Comments are closed.