Ocultar dinero para transportarlo no es lavado de dinero United States v. Ness, No. 05-4401-cr (2d Cir. May 8, 2009)

Samuel Ness fue culpado de delitos de lavado de dinero en conexión con su negocio de carro blindado, en el cual había recibido y distribuido millones de dólares de ingresos provenientes de narcóticos. Fue sentenciado a 15 años de prisión. En la apelación, el Tribunal Supremo anuló la decisión y devolvió el caso al tribunal inferior para una consideración adicional en vista de su decisión en la causa Cuellar v. United States, 128 S.Ct. 1994 (2008), la cual le dio toda una nueva interpretación a lo que es el lavado de dinero. Tomando en consideración la decisión en Cuellar, el tribunal inferior determinó que los medios de prueba en US v. Ness, que una vez se pensaba que eran suficientes, ahora eran insuficientes y revocó el fallo condenatorio.

El tribunal en la causa Cuellar sostuvo que, en los delitos de lavado de dinero, el gobierno tiene que probar que el propósito del acusado “en su totalidad o en parte, era ocultar la índole, el lugar, la fuente, propiedad o control de los fondos”. Demostrar que un acusado sencillamente ocultó fondos durante el transporte no es suficiente para apoyar una sentencia condenatoria, ya que hay “una diferencia entre ocultar algo sencillamente para transportarlo” y transportar algo con el propósito de “ocultar la índole, el lugar, la fuente, propiedad o control de los fondos”.

El acusado había sido culpado de dos cargos de lavado de dinero. El tribunal de apelaciones revocó el fallo, determinando que no hubo prueba de que el propósito del acusado fuera ocultar la índole, el lugar, la fuente, propiedad o control del dinero. Todo lo que el gobierno probó fue “el modo” en que el acusado movía el dinero, no el “por qué”. Inclusive el hecho de que el acusado “evitara dejar un rastro de papeles” y usara palabras en clave solamente demostró que el acusado “ocultó los ingresos con el fin de transportarlos. Según Cuellar, tales medios de prueba no son suficientes para probar” lavado de dinero.

¿Podría el caso Cuellar afectar fallos condenatorios anteriores? Quizás. Si un acusado puede presentar todavía una apelación directa, ciertamente puede elevar la reclamación de que el artículo legal (tal como se entiende actualmente) no se extiende a la conducta por la cual él o ella se declaró culpable. En esa situación, si la persona se declaró culpable, sus palabras durante la admisión de cargos son cruciales porque si dijo que su intención fue “ocultar el hecho de que el dinero provenía de narcóticos”, entonces tendrá que atenerse a eso y lo más probable es que pierda. Si el acusado se declaró culpable de conspiración para lavar dinero en vez del verdadero lavado de dinero, el gobierno (y quizás el tribunal) podrían tomar ese hecho para distinguir su caso de la decisión en Cuellar, como parece que lo hizo el tribunal en el caso de Fleming, 287 Fed. Appx. 150; 2008 U.S. App. LEXIS 17737 (3rd Cir. 2008). De modo que yo todavía no abriría mis botellas de champán.

Si el derecho de apelación directa del acusado ya se ha vencido, el acusado puede presentar una petición según §2255 (hábeas corpus). Pero aquí también hay problemas. Esta es la situación que el Tribunal Supremo trató en la causa de Bousley v. United States, 523 US 614 (1998), cuando Bousley solicitaba que se le anulara su sentencia condenatoria con respecto al uso de un arma de fuego de mano en vista de la interpretación inesperado de la palabra “uso” en la causa de Bailey v. United States, 995 F. 2d 1113 (CADC 1993). El caso Bailey trataba de la prohibición que se encuentra en el artículo 924(c) de “usar” una pistola durante la comisión de un delito de narcotráfico, o en relación con tal cargo.

El tribunal dijo, “Cuando un acusado ha omitido una afirmación durante el procedimiento por no haberla elevado en la revisión directa, la afirmación se puede elevar en una petición de hábeas corpus solamente si el acusado puede demostrar primero o bien una ‘causa’ (un motivo que justifique por qué no elevó la afirmación en la apelación directa) y verdadero ‘perjuicio’ (que el no haberla elevado resultó en perjuicio suyo), o que él es ‘verdaderamente inocente’”.

El tribunal rechazó los argumentos de que era fútil haber presentado este argumento dado el estado de la ley en aquél momento y que el tribunal cometió un error al no explicar correctamente los elementos del delito. El tribunal expresó lo siguiente: “Aunque hemos sostenido que una afirmación que es ‘tan nueva que su base legal no está razonablemente disponible para el abogado’ puede constituir ‘causa’ para una omisión procesal, la reclamación del peticionario no reúne tales condiciones. . . De hecho, en el momento de la declaración del peticionario, los Informes Federales [Federal Reporters] estaban repletos de causas que tenían que ver con impugnaciones a la noción de que ‘uso’ fuera sinónimo de la mera ‘posesión’”. El tribunal dijo, sin embargo, que la “verdadera inocencia” era una base apropiada cuando un participante, por ejemplo, no sabía que el propósito de la conspiración global era ocultar la identidad del propietario o la fuente de los ingresos e indicó:

La reclamación del peticionario todavía puede ser revisada en este procedimiento colateral si él puede establecer que el error constitucional en su coloquio al declararse culpable “ha resultado probablemente en la sentencia condenatoria de alguien que es realmente inocente”. Para establecer verdadera inocencia, el peticionario tiene que demostrar que “en vista de todos los medios de prueba, lo más probable es que ningún jurado razonable lo hubiera culpado del delito de lavado de dinero”.

Espero que este caso le pueda traer la libertad a alguien. Va siendo hora.

← Volver a artículos | /Volver al principio

Comments are closed.