Pregunta y Respuesta

Pregunta: ¿Le corresponde el crédito por tiempo cumplido a una persona que ha estado bajo custodia en espera de su extradición? ¿ Y qué tipo de pruebas de
Colombia sirven en una corte federal, es decir, podrían presentarse documentos, entrevistas de medios de comunicaciones, cartas de varios de los supuestos miembros de la organización de narcos dirigidas a la corte federal donde aseguren que no conocían a un acusado en particular?

Respuesta: Todo el tiempo que se cumple bajo custodia extranjera, como en Cómbita, Colombia, solamente con el propósito de esperar la extradición será acreditado, por ley, hacia la sentencia del acusado en los Estados Unidos. Esto no es una cuestión del poder discrecional del juez sentenciador. Es la ley. Sin embargo, hay excepciones. Por ejemplo, si el acusado es encarcelado en un país extranjero por cargos locales, el tiempo que pase bajo custodia se le puede acreditar al cargo local.

Para asegurarse de que un acusado reciba el crédito merecido por el tiempo cumplido, su abogado debe pedirle al fiscal que indique para que conste en actas la cantidad de tiempo que el acusado pasó encarcelado en el extranjero, señalando que ese tiempo fue solamente para los propósitos de extradición. De otro modo, se perderá tiempo tratando de obtener una confirmación oficial de la prisión. El proceso de conseguir una confirmación oficial es el siguiente: Primero, el Negociado de Prisiones (BOP) se comunica con el Departamento de Estado o Ministerio de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos. Entonces, el Departamento de Estado de los Estados Unidos tiene que comunicarse con el Ministerio de Relaciones Exteriores del país extranjero, el cual a su vez se comunica con la prisión en ese país. La prisión envía su confirmación al Ministerio de Relaciones Exteriores local y éste la envía al Departamento de Estado de los Estados Unidos quien la envía al Negociado Federal de Prisiones. El proceso tardará meses y durante toda esa tramitación es casi seguro que surjan problemas.

Los diferentes tipos de prueba se tratan de modo diferente y requieren varios grados de autenticación. Los tribunales de los Estados Unidos son mucho más informales que los de los países Latinoamericanos. En la América Latina, a las oficinas gubernamentales les encantan sus cuños. Nunca encuentran un documento al que no quieran ponerle un cuño. Sin embargo, en los Estados Unidos, el grado de autenticación dependerá del motivo para el cual se va a utilizar el documento. Las cartas que apoyan al acusado no tienen que ser autenticadas. Pero un registro que muestre que un acusado no estuvo en el lugar del delito, como por ejemplo una anotación en un pasaporte, tendría que ser autenticada.

Las declaraciones juradas de los otros acusados en la misma causa no valen nada. Si verdaderamente ha habido un error judicial, contrate un abogado americano que pueda representar al acusado y presentarle la información pertinente importante personalmente al fiscal. Por lo común, sin embargo, los problemas se aclaran una vez que el acusado y sus secuaces son trasladados a los Estados Unidos y sometidos a un interrogatorio.

Hay una abundancia de causas en los Estados Unidos en las que los compañeros de causa escriben declaraciones juradas antes de ser extraditados. Cuando finalmente los traen a los Estados Unidos, ellos colaboran con el gobierno y les dicen a los fiscales que el único motivo por el cual firmaron las declaraciones juradas fue porque fueron forzados o amenazados o porque temían lo que pudiera suceder si no los firmaban. El gobierno acepta la explicación de ellos y hace caso omiso de las declaraciones juradas.

Los investigadores siguen las pistas que obtienen, estudian los hechos y fundamentan una causa. Encuentran la evidencia necesaria que ellos consideran que es suficiente para que un acusado sea culpado. La decisión de desestimar una causa no va a depender del testimonio de un compañero acusado. Va a depender de los agentes que investigaron el caso.

Recuerdo haber visitado a un cliente potencial en Colombia que estaba bastante convencido de que lo pondrían en libertad porque uno de sus compañeros de causa había firmado una declaración jurada por escrito. Él no fue puesto en libertad, y al fin y al cabo el compañero acusado testificó en su contra. En los Estados Unidos, una declaración jurada firmada en el extranjero no puede ser presentada como prueba instrumental. En los procesos en los Estados Unidos se siguen reglas y procedimientos específicos que difieren de los que hay en otros países.

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