¿Qué liberación compasiva?

Editorial publicado en el diario The New York Times el 8 de diciembre de 2012

Las leyes federales de sentencia han sido injustificablemente severas por una generación, pero teóricamente han contenidounadisposicióndesalvaguarda llamada la liberación compasiva. La ley de reforma de sentencia de 1984 dio a los tribunales federales el poder de reducir las condenas de presos federales por motivos “extraordinarios y convincentes” tales como una enfermedad terminal.

Pero en la práctica, la Administración Federal de Prisiones y el Departamento de Justicia, el cual supervisa a la Administración, no solamente han rechazado el uso de este programa práctico y humano, sino que lo han debilitado. Esa es la conclusión perturbadora y bien fundamentada de un reporte nuevo por parte de las organizaciones Human Rights Watch (Guardia de los Derechos Humanos) y Families Against Mandatory Minimums (Familias en Contra de las Condenas Mínimas Mandatorias).

Desde 1992 hasta este noviembre, periodo en el cual la población de las prisiones federales casi se triplicó de 80,000 a casi 220,000 presos, la Administración liberó a 492 presos bajo este programa. Esto es un promedio de meramente casi dos docenas por año, y el número hasta la fecha no ha pasado de 37. El porcentaje de presos liberados

cada año ha disminuido de pequeñito a microscópico.

Cuando se aprobó la ley de 1984, el Comité Judicial del Senado dijo que la liberación compasiva estaba dirigida para “el caso inusual en el cual las circunstancias del acusado han cambiado tanto, como por ejemplo por una enfermedad terminal, que sería injusto continuar la internación del prisionero.”

La Administración de Prisiones sería responsable por presentar una petición de parte del interno, y el tribunal tendría la responsabilidad de tomar en cuenta el riesgo potencial a la seguridad pública si se otorgara la propuesta de liberación.

La Comisión de Sentencia de los Estados Unidos ha identificado varias razones extraordinarias y convincentes que podrían justificar la liberación compasiva: una enfermedad terminal, una condición mental o física permanente, discapacidad debido a la edad avanzada, la muerta o la incapacitación de un familiar que ha sido únicamente responsable por el cuidado de los hijos menores del interno.

Pero según se han visto las cosas, conforme al informe de derechos humanos, la única razón por la cual la Administración de Prisiones acepta la liberación compasiva es la enfermedad terminal, con un límite de esperanza de vida de un año. Todavía peor, cuando el interno cumple estos rigurosos requisitos, la administración misma decide si el interno debe ser liberado – de hecho usurpando el poder discrecional que el Congreso le otorgó a los tribunales.

El informe ofrece remedios razonables. El Congreso debería modificar la ley para otorgarle a los presos mismos el derecho de buscar la liberación compasiva de un tribunal. El Congreso debería requerir que la

Administración publique todos los datos del programa, inclusive el número de solicitudes denegadas y la razón. Y el Congreso debería reafirmar el rol de los tribunales como el árbitro final.

Pero ante todo, la administración debe informarle a los presos sobre la opción de liberación, lo cual no hace en este momento. Esta debe tramitar todas las solicitudes rápidamente (lo que tampoco hace), y esta debe cumplir su deber de recomendar la liberación de cualquier preso que el personal médico, trabajadores sociales y otros que trabajan en prisiones federales crean tiene razones convincentes para salir de prisión temprano.

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